El TUE dice que una consultora que contribuya a crear un cártel puede ser multada por complicidad
El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea (TUE) dictaminó hoy que una empresa de asesoramiento que contribuya a la puesta en práctica de un cártel puede ser sancionada con una multa por complicidad. El TUE señala que el hecho de que la compañía no opere en el mercado en el que se materializa la restricción de la competencia no excluye su responsabilidad por la infracción. La sentencia se refiere a la sanción impuesta por la Comisión en diciembre de 2003 a tres productores de peróxidos orgánicos --productos químicos utilizados en la industria del plástico y del caucho--por participar en un cártel para pactar los precios y repartirse el mercado. El Ejecutivo comunitario consideró que una empresa de asesoramiento, ACTreuhand AG, había prestado desde 1993 diversos servicios a estos productores y había desempeñado un papel importante en el cártel y por ello le impuso una multa de 1.000 euros.
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