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Se acerca el final de la campaña de la Renta 2025 y con ello los últimos días para que los contribuyentes puedan presentar su declaración a tiempo. Como recuerda TaxDown, compañía española líder en asesoría fiscal digital, los españoles tienen hasta el próximo 30 de junio para realizar este trámite obligatorio y evitar sanciones de Hacienda. Una de las más comunes se debe, precisamente, a presentar la Renta fuera de plazo. En esta situación, se pueden dar varios escenarios.
    
Si Hacienda todavía no ha enviado un requerimiento avisando de la falta de presentación y la declaración sale a pagar, el contribuyente deberá asumir un recargo del 1% más otro 1% por cada mes completo de retraso. Es decir, si se presenta en julio, se pagará un interés del 1 %; si se hace en agosto, un 2%; en septiembre, un 3%; y así, sucesivamente. Pasados los 12 meses de retraso, el recargo pasa a ser del 15% junto a los correspondientes intereses de demora. Por eso, desde TaxDown recomiendan realizar el trámite lo antes posible para evitar que el interés siga creciendo.

En el caso de que sí se reciba un requerimiento de Hacienda (las denominadas “cartas del miedo”), la sanción consiste en el pago de entre el 50% y el 150% del importe que se ha dejado de ingresar. En estos escenarios, el contribuyente puede conseguir una reducción del 30% de la sanción por conformidad con la misma. En cualquier caso, Hacienda establece un plazo para presentar la declaración una vez realizado el aviso antes de iniciar un procedimiento sancionador.

Por otro lado, si la declaración sale a devolver o el resultado es 0€ y no se ha presentado a tiempo, ya sea por desconocimiento o por descuido, el contribuyente deberá hacer frente a una sanción. Esta ascenderá a 100 euros si no se ha recibido la carta del miedo y a 200 euros si la Agencia Tributaria sí ha emitido el requerimiento.

Multas por no hacer el pago a Hacienda

Existe otro escenario en el que, aunque se haya presentado la declaración a tiempo, el contribuyente puede enfrentarse a una multa. Se trata de aquellas ocasiones en las que, saliendo a pagar, no se efectúa el correspondiente ingreso a la Agencia Tributaria (porque se haya introducido incorrectamente el IBAN, no hubiese fondos en el banco, etc.).

En el caso de realizar el pago voluntariamente, existe un recargo del 5% sobre la cantidad dejada de ingresar a Hacienda. Si, por el contrario, llega primero la carta del miedo avisando del error, el recargo puede ser desde el 10% o hasta el 20% en función de las cantidades.

“Es importante destacar que Hacienda tiene hasta cuatro años para revisar las declaraciones de la Renta, por lo que es posible recibir una de las famosas cartas del miedo incluso varios años después de que termine la campaña actual. Por eso, siempre recomendamos guardar toda la documentación que acredite la información que estamos declarando para poder justificar nuestros datos también en el futuro”, destaca Aitor Fernández, experto fiscal de TaxDown.

El 25 de junio es el último día para domiciliar la Renta

Además, desde TaxDown recuerdan que el 25 de junio es el último día para domiciliar el pago de la Renta. A partir de esta fecha, las alternativas son domiciliar el segundo pago, pero no el primero, o pagar en un único plazo con un documento de ingreso (un código de barras que figurará al final de la declaración para pagar en bancos o cajeros), con tarjeta, a través de Bizum o fraccionar el pago en más de dos meses con intereses.

El 40% de los españoles aún no habían presentado su declaración en junio

Según los cálculos de TaxDown, más de 10 millones de personas aún no habían presentado su declaración de la Renta a principios de junio. La Agencia Tributaria calculó al inicio de la campaña que este año se preveía la presentación de 25.251.000 declaraciones, pero solo se habían presentado 15.202.429 a cierre de mayo, lo que supone que cerca del 40% de los contribuyentes aún no había realizado este trámite obligatorio a solo un mes del fin de la campaña.