La nueva campaña de la Renta 2021 ha incluido un nuevo apartado específico para la declaración de criptomonedas. Ante las preguntas que surgen con este nuevo apartado podemos elaborar 11 claves para tener en cuenta al momento de presentar la declaración ante Hacienda.
¿Se debe pagar IVA por la compra y venta?
La compra y venta de criptomonedas y los Exchanges están exentos del IVA porque son consideradas como un bien inmaterial. Están sujetas pero a la vez exentas del impuesto.
¿Qué pasa con las criptomonedas mantenidas en wallets?
Las wallet son consideradas como cuentas corrientes. Mientras sean solo usadas como depósito estarán exentas también del IVA.
¿Qué pasa con el modelo 720 y los nuevos 172, 173 y 721?
Hacienda informó que en esta campaña no se debe incorporar información sobre criptomonedas en el modelo 720 referido a declaración informativa de bienes en el extranjero.
En este modelo los contribuyentes son personas físicas o jurídicas residentes en nuestro país. Por ello es que la Agencia Tributaria ha desarrollado estos nuevos modelos:
- 721: Similar al mencionado anteriormente donde los dueños están obligados a presentar sus tenencias, pero de carácter informativo
- 172: Los particulares están obligados a declarar sus saldos, como las empresas los de sus clientes e identificar a los mismos
- 173: Obliga a las empresas a comunicar todas las operaciones en nuestro territorio como en el extranjero
¿Si cambio una criptomoneda a otra o a la inversa debo tributar?
Solo se tributa por la ganancia o pérdida generada
¿Cómo se tributan en el IRPF las operaciones?
Retomando el punto anterior, cuando se convierte una criptomoneda en moneda FIAT u otra criptomoneda se altera su valor, generando una ganancia o pérdida que debe incluirse en el IRPF en el apartado de pérdidas y ganancias patrimoniales de la base imponible del ahorro gravado de la siguiente forma:
- 19% para los primeros 6.000 euros
- 21% para el tramo de base entre 6.000 y 50.000 euros
- 23% para el tramo superior a 50.000 euros
- 26% para el tramo que supere 200.000 euros.
Si hay pérdidas patrimoniales estas se pueden compensar con otras ganancias obtenidas durante el año y hasta el 25% de los rendimientos de capital mobiliario obtenidos. Pero si no hubo ganancias ni rendimientos de capital, esto puede utilizarse para compensar cada una de ellas en los próximos 4 años.
Si se han hecho varias compras de la misma moneda digital se sigue el principio de First in – First Out (FIFO), las primeras monedas adquiridas son las que se podrán vender primero.
¿Cómo declarar la tenencia de criptomonedas en el Impuesto sobre el Patrimonio?
Al 31 de diciembre de cada año se debe informar las tenencias de criptomonedas y se tributarán al valor del mercado que tengan en esa misma fecha. Este es aplicable en todo el territorio español pero su rendimiento se ha cedido a las Comunidades Autónomas quienes asumirán competencias normativas sobre el mínimo exento, gravamen, deducciones y bonificaciones.
¿Cómo tributan las sociedades sobre sus operaciones?
Se tributa un 25% de la diferencia de la compra y beneficio de la venta. También se puede amortizar hasta un 10% por el deterioro del valor.
Pero existe una tributación en dos planos:
- Beneficio de la sociedad
- Beneficio de los socios
El dividendo siempre es neto y el beneficio contable neto de los socios se reparte según los tramos mencionados anteriormente.
¿Cómo regula la AEAT el minado y cuáles son las obligaciones tributarias?
Las cantidades percibidas del minado de criptomonedas deberán declararse en IRPF como ingresos derivados de la actividad económica ejercida, calculados en base al precio del mercado del día en que fueron recibidos. A estos ingresos se les puede restar los gastos provenientes del ejercicio de su actividad, siempre y cuando sea demostrable que son necesarios para obtener ingresos.
El minado de criptomonedas no está sujeto al IVA ya que no existe una relación directa entre el servicio prestado y contraprestación recibida.
Las ganancias patrimoniales por la venta de estos activos digitales por lo mineros si tributan en IRPF como ganancias o pérdidas patrimoniales tomando como valor de compra el mismo que el utilizado para determinar sus ingresos y como valor de venta el importe real de transmisión que no puede ser inferior al normal de mercado.
¿Cómo se declaran los fondos perdidos por un hackeo?
Los fondos perdidos se declaran como pérdida en la base general.
¿Cómo se tributan los NFT?
Los NFT se gravan como IVA o Transmisiones Patrimoniales dependiendo de las situaciones y como han sido transmitidos.
En el caso de un profesional, si es vendido en su ámbito laboral el comprador deberá pagar IVA. Pero si la persona que lo vende es particular o profesional y el trabajo no está vinculado con el NFT en venta, el comprador deberá pagar el Impuesto de transmisiones patrimoniales.
En este tipo de transacciones se tendrá en cuenta si lo que se transmite un inmueble, bien mueble, semoviente o constituye un derecho real. Ya que en cada caso dependerá si corresponde un tipo impositivo u otro.
Según el IRPF, al venderse un NFT se tributa de dos maneras según el tipo de vendedor:
- Como rendimiento de actividad económica si la persona que lo vende desempeña una actividad profesional relacionada con el NFT o tributaria como ganancia patrimonial
El tipo de ganancia podría ir desde el 19 al 26%.
¿Cómo se declara el staking y farming?
Estas actividades también están sujetas a la declaración de la renta. Para ello es recomendable utilizar herramientas de seguimiento de las operaciones, así es más fácil al momento de declarar.
Javier Molina: “Es un primer paso para adaptarse a una realidad”
Le consultamos a nuestro experto y profesor en el curso de inversión en criptomonedas, NFT y metaverso Javier Molina acerca de esta nueva normativa fiscal.
-¿Cómo evaluarías a los nuevos formularios tributarios para la declaración de critpomonedas?
Es un primer paso para adaptarse a una realidad. Actualmente y según la fuente, unos 4 millones de españoles han operado con criptomonedas.
-¿Cómo recibirá la comunidad cripto inversora los porcentajes a gravar?
Siempre existe esa idea de que, los activos digitales no están “en nigún lado” y, tener que pasar por caja, no gusta. Sin embargo y como en cualquier otro activo, las obligaciones fiscales existen y así deben ser consideradas en una estrategia de inversión.
-¿El hecho de considerar a las wallet como cuentas corrientes y quedar exentas de IVA podría fomentar la inversión en criptomonedas a largo plazo a la espera de un entorno fiscal y económico más favorable?
Puede ser una posible percepción. Sin duda alguna que, a medida que hacienda se vaya adaptando a estas nuevas formas de invertir, asistiremos a cambios de la tributación que llevarán a asimilarlos a las acciones.
Apúntate gratuitamente al boletín semanal de Critoactivos, NFTs y Metaverso