Asimismo, en el análisis de las declaraciones periódicas del IVA y de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF se observa que se dio un "porcentaje significativo" de declaraciones sin actuaciones de comprobación durante un plazo superior a 6 meses, encontrándose caducados en un "número reducido de casos" los procedimientos iniciados.
Al comparar los dos ejercicios de referencia, el Tribunal señala que actuaciones de control realizadas en el año 2005 alcanzaron el 130,32% del objetivo estimado, si bien este último era inferior en un 37% a los resultados de 2004. Asimismo, las actuaciones realizadas en 2005 fueron inferiores en un 17,49% con respecto a las de 2004, debido a la disminución de las actuaciones preventivas y correctivas referentes a la presentación de estas declaraciones.
El máximo organismo fiscalizador incide también en la necesidad de una "revisión general" de los criterios de adscripción de "obligados tributarios" a las Unidades de Gestión de Grandes Empresas, fijado en función del volumen de operaciones del ejercicio inmediato anterior, cuando aquél estuviese por encima de 6,01 millones de euros, habiéndose mantenido invariable el citado límite desde su creación en 1992.
Para el Tribuna, esto ha "desvirtuado" la noción de gran empresa, a efectos de su control especializado por parte de las Unidades de Gestión, y ha contribuido al excesivo crecimiento del censo de obligados adscritos a las referidas Unidades Regionales, que se ha triplicado en un periodo de 10 años.
Precisamente por este motivo estima que las dotaciones de personal en las Unidades de Gestión de Grandes Empresas es insuficiente, sobre todo para las Unidades Regionales de menor dimensión, que ni siquiera tienen cubiertos todos los puestos de trabajo adscritos a las Unidades.