Más aún, añade que la diferencia es mayor si se tiene en cuenta que una amplia mayoría de las rescisiones de contratos indefinidos en España acaban siendo improcedentes, con lo que acaban conllevando la indemnización máxima de 45 días por año trabajado. "En consecuencia, se puede acercar al 90% el porcentaje de las rescisiones de contratos indefinidos que obtiene la indemnización máxima", añade.
Asimismo, el Banco de España precisa que esta situación afecta al 70% de los trabajadores por cuenta ajena, aquellos con un contrato indefinido, mientras que para los trabajadores temporales la indemnización por finalización del contrato es nula.
Así, España cuenta con unos trabajadores temporales con indemnizaciones y prestaciones inferiores a la media de la OCDE y, "en el extremo opuesto", y con trabajadores con contratos indefinidos con condiciones mejores que los empleados en estos.
En opinión del Banco de España, esta "excesiva segmentación" está teniendo efectos perjudiciales, al desplazar las necesidades de ajuste de las empresas hacia el empleo, especialmente, el temporal.
LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA TAMBIÉN TIENE PARTE DE CULPA
Por si fuera poco, el Banco de España considera que estas "serias ineficiencias" se ven amplificadas por la "escasa sensibilidad" de los salarios reales a las condiciones cíclicas de la economía. "España es el único país donde, de media, los salarios reales por persona tienden a aumentar en las recesiones y a reducirse en las expansiones, lo cual exacerba el ajuste del empleo ante una perturbación de demanda", indica.
Ello es causa de la indexación de los salarios en el marco de la negociación colectiva. Así, "esta acusada indiciación salarial, sin duda, tiene un impacto sobre los mecanismos de ajuste salarial ante distintas perturbaciones. Además, tienen un carácter asimétrico, ya que sólo se activan cuando la inflación observada supera la prevista, pero no cuando ésta se queda por debajo".
Asimismo, el banco emisor critica que algunos sectores, como los trabajadores temporales o las pymes, "no están suficientemente representados en la negociación colectiva", al tiempo que existen "criterios muy restrictivos" que impiden su aplicación.