ABUSO DESDE 2003.
El consejo de la CNC considera que desde 2003, cuando Gas Alicante solicitó a Gas Natural, nueva propietaria de las redes, la conexión pactada en su día con Enagás, se ha repetido una "estrategia" por parte de la gasista encaminada a impedir que dicha conexión se materializase.
Competencia sostiene que la infracción de Gas Natural no sólo puede suponer un incumplimiento contractual de las obligaciones heredadas, sino una vulneración del artículo 6 de la Ley de Defensa de la Competencia.
Para elaborar su resolución, Competencia ha tenido en cuenta varios informes técnicos elaborados con este propósito por la Comisión Nacional de la Energía (CNE).
POSICIÓN DE DOMINIO.
La resolución parte de la base de que Gas Natural cuenta con una posición de dominio en la zona afectada, ya que sus redes son las únicas que, desde el punto de vista técnico y económico, pueden desarrollar un proyecto viable de distribución que permita el suministro de gas natural a los consumidores finales.
Junto a esto, "Gas Natural ha estado eliminando la competencia que le supondrían otros suministradores de gas natural en esas zonas", afirma el organismo. En el caso de Albatera, desde la solicitud de conexión hasta la realización de la misma han transcurrido casi cinco años, y en el caso de Elda casi tres años.