Si el contribuyente no obtiene rendimientos diferentes a los procedentes del trabajo personal, ni rendimientos de capital mobiliario o ganancias patrimoniales sujetas a retención superiores a 250.000 pts, ni tiene el derecho a la deducción por inversión en vivienda, por doble imposición internacional o realiza aportaciones a planes de pensiones que reduzcan la base imponible, no estará obligado a presentar declaración si no llega al límite de 3.500.000 pts previsto para los rendimientos de trabajo.
Obligación de declarar
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